«En cualquier campo de Golf de nuestras islas, encontrarás lugares incríblemente bellos»

José Royo. Director de golfencanarias.com

¿Edu Santos nuevo profesional de golf?

por | Dic 10, 2022 | Golf Masculino

El jugador del Peñón podría estar meditando pasar al profesionalismo una vez conseguidas las dos vueltas necesarias.

Es algo que tiene en mente desde muy joven. Juego para ello tiene, ahora lo que hay que ver es qué rumbo querrá dar a su carrera.

Si se decanta por la competición, tendrá por delante un duro camino en el que el salto a la península para competir es caro y complicado.

Si lo hace por la enseñanza, tendrá que sacarse los títulos que exige la RFEG para poder dar clases.

Eduardo Santos Cto. de Tenerife Sub21 Real Club de Golf de Tenerife.

Aquí vemos a Eduardo Santos durante la disputa del Cto. de Tenerife Sub21 disputado en el Real Club de Golf de Tenerife.

Recordemos que la REFG marca estas directrices para poder solicitar la licencia como jugador profesional:

Podrán solicitar la licencia de Jugador/a Profesional:
1) Aquellos/as Jugadores/as Aficionados/as, con licencia en vigor expedida por la Real Federación
Española de Golf, que ostentando un Hándicap Exacto EGA 1,4 o inferior realicen dos vueltas en pruebas
puntuables para el Ranking Mundial Amateur (WAGR) con un resultado igual o inferior al requerido por
un Hándicap Exacto EGA 1,4. Entre la obtención de la primera y la segunda vuelta se precisa un periodo
máximo de 12 meses.
2) Aquellos/as Jugadores/as Aficionados/as, que habiendo pertenecido al Equipo Nacional Absoluto en los
últimos 10 años a la fecha de solicitud ostenten Hándicap Exacto EGA 1,4 o inferior.
3) Aquellos/as Profesionales sin licencia de Jugador/a Profesional, es decir, que ostenten exclusivamente
una de las siguientes licencias:
a) Monitor (b) Asistente de Maestro (c) Maestro d) Técnico Deportivo
que realicen dos vueltas en pruebas reservadas a Profesionales sin licencia de Jugador/a Profesional o
pruebas reservadas a Jugadores/as Profesionales con un resultado igual o inferior al requerido por
Hándicap Exacto EGA 1,4. Entre la obtención de la primera y la segunda vuelta se precisa un periodo
máximo de 12 meses. Dichas vueltas podrán obtenerse en pruebas dependientes de Federaciones
Autonómicas, siempre y cuando la RFEG haya autorizado la prueba a efectos de obtención de vueltas,
previa petición de la correspondiente Federación Autonómica (ésta deberá responder de la correcta
aplicación de los reglamentos deportivos, y cumplir con unos estándares mínimos). En ningún caso se
considerarán las pruebas celebradas en campos con menos de 5.500 metros (caballeros) – 5.000 (damas)
y que no sean jugadas desde barras blancas (caballeros) – azules (damas), cuándo existan.

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